5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse en torno a el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de necesidad pueda abrirlas obediente e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. Capacidad para conocer https://jacke703ksw2.bloggazzo.com/profile